DES TRAITÉS, CONVENTIONS ET DOCUMENTS INTERNATIONAUX CONCLUS PAR LES GOUVERNEMENTS DE L'ESPAGNE AVEC LES PUISSANCES ÉTRANGERES DEPUIS LE RÉGNE DE DOÑA ISABEL II Suivis de notes historico-critiques sur leur négotiation et execution, et collationnés avec les textes originaux. PUBLIÉ PAR ORDONNANCE ROYALE AVEC L'AUTORISATION DE SS. EE. LES MINISTRES DES AFFAIRES ÉTRANGÈRES MARQUIS DE LA VEGA DE ARMIJO ET DUC DE TETUÁN PAR LE MARQUIS DE OLIVART Majordome de semaine de Sa Majesté le Roi Don Alphonse XIII, Deputé aux Cortés. RÉGENCE DE DOÑA MARÍA CRISTINA De la Collection volume neuvième. MADRID LIBRAIRIE DE FERNANDO FE MDCCCXCIX DE LOS TRATADOS, CONVENIOS Y DOCUMENTOS INTERNACIONALES CELEBRADOS POR NUESTROS GOBIERNOS CON LOS ESTADOS EXTRANJEROS DESDE EL REINADO DE DOÑA ISABEL II Acompañiados de notas histórico-criticas sobre su negociación y cumplimiento y cotejados con los textos originales: PUBLICADA DE REAL ORDEN CON LA AUTORIZACIÓN DE LOS EXCELENTÍSIMOS SEÑORES MINISTROS DE ESTADO POR EL MARQUÉS DE OLIVART Mayordomo de semana de Su Majestad el Rey Don Alfonso XIII Diputado á Cortes. REGENCIA DE DOÑA MARÍA CRISTINA MADRID.-Estab. tipográfico de los Hijos de R. Álvarez á cargo de Arturo Menéndez. Ronda de Atocha, 15.-Teléfono 809. PRÓLOGO Principiase con este volumen, noveno de la COLECCIÓN, la materia diplomática convencional de la Regencia de Su Majestad Doña Maria Cristina durante la menor edad de Su Augusto Hijo Don Alfonso XIII; con otros dos esperamos terminarla, y, entonces, servida del todo ya la urgencia inmediata de una recopilación de los textos, podrá continuarse la publicación de las Notas histórico-críticas, labor que exige seria meditación y estudio, si se quiere sea una historia breve, sí, pero completa y útil de la fecunda obra de nuestra diplomacia en el presente siglo. Gratísimo, pues, nos es ratificar el contraído empeño que sólo en bien de su más autorizada ejecución hemos retardado, desaparecidas ahora, por otra parte, las amargas dudas que tan menudamente exponíamos en el prólogo del anterior volumen. La voluntad expresa del Ministerio, en Real orden de 31 de Enero de 1898, atestiguando una vez más el aprecio y la confianza que en dicho centro merecen nuestros trabajos científicos y la necesidad de que los completemos con la exposición escrita del derecho convencional, desvaneció primero el apocamiento; la ulterior historia del conflicto al que allí aludíamos ha acabado de tranquilizar nuestra conciencia. La resolución que por el |